NUEVO MÉTODO DE CÁLCULO DE LAS PENSIONES: UN PASO MÁS HACIA LA IGUALDAD DE GÉNERO

 

No es que se haya realizado ni en mi localidad ni en mi ámbito de trabajo pero esta noticia me ha parecido de un calado tan grande que creo que es lo suficientemente importante para su análisis.

La política llevada a cabo por el Gobierno de España a través del ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el nuevo método de cálculo de las pensiones en nuestro País que equipara, a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las pensiones de jubilación, incapacidad temporal y permanente, muerte y supervivencia y nacimiento y cuidado de menor cualquier tipo de jornada a una jornada completa por lo que un si se ha trabajado a media jornada o tiempo parcial el tiempo cotizado se computará íntegramente.

Esta política impacta de lleno en los roles de género ya que “favorece” a las mujeres trabajadoras. Las favorece por que ha sido el colectivo que más ha tenido que renunciar históricamente a su relación laboral ya que han tenido y siguen teniendo (esperemos que cada vez menos) que compaginar su vida laboral con su vida personal por lo que en innumerables ocasiones han tenido que optar por trabajos parciales o a media jornada. Al igualar la jornada parcial o media jornada a la jornada completa en el método de cálculo de las pensiones tendrá un efecto muy positivo en las mujeres ya que se equipararán económicamente al de los hombres. Cuando una persona trabajadora se jubila sufre un cambio importante en su economía personal, ya que la pensión de jubilación sustituye al salario como su principal fuente de ingresos. Si ya es un paso muy grande la jubilación desde el punto de vista personal también lo es por su cuantía y es algo que nos afecta de lleno a todos/as. Si a esto le sumamos que anteriormente la norma no contemplaba la equiparación de la jornada parcial o media jornada a la completa nos podemos hacer una ligera idea de que es lo que podía suponer al colectivo de mujeres trabajadoras el haber tenido que estar desarrollando un trabajo a jornada parcial para conciliar con la familia y que luego se les quede una pensión muy baja con la que no podrían llegar ni a final de mes. Si a esto le sumamos el que cada vez más los padres y madres tienen que ayudar a sus hijos pues podemos vislumbrar el calado de la medida.

Aunque es pronto para evaluar el impacto que esta medida ha tenido y tendrá (pronto porque entra en vigor el 1 de octubre) no es muy difícil de adivinar el impacto que esta medida va a tener.  Corrige una desigualdad histórica entre hombres y mujeres porque ¿Cuántas mujeres han tenido que renunciar a su vida laboral por la conciliación? Pues ahora al menos conseguirán que a efectos del calculo de pensión no se sientan discriminadas como lo han hecho tantas y tantas veces en su vida trabajadora. Si lo cuantificamos según los datos que nos ofrecen las noticias tenemos que el 75% de las jornadas parciales o medias jornadas son realizadas por mujeres. Con esa corrección conseguiremos que la desigualdad económica no sea tan abusiva.

Los puntos fuertes de esta medida son claros: igualdad en el cálculo, reconocimiento (“aunque sea tardío”) del enorme sacrificio realizado por las mujeres trabajadoras durante tantos y tantos años. ¿Debilidades? No se me ocurren, creo que es una medida muy buena y que marca un buen camino a seguir para conseguir la tan ansiada igualdad.  Pero no es solo una decisión política, que nadie lo vea como que es una invención para la captación de votos (cuestión ésta que cada vez se piensa más por parte del pueblo en general) es una decisión judicial ya que el Tribunal Constitucional en 2019 consideró este trato desigual como inapropiado desde el punto de vista de la igualdad de género y además  determinó que esta diferencia de trato constituía discriminación, violando el artículo 14 de la Constitución española, que prohíbe la discriminación por razón de sexo.

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